REGLAMENTO REGULADOR DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA EN LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA Y ENTIDADES ADHERIDAS AL CONVENIO MARCO QUE ASÍ LO HAYAN ACORDADO.

Legislación - Reglamento
Administración Electrónica - Régimen Jurídico General
Almería - Diputación de Almería

Fecha: 02/10/2010 12:00:00 PM
Fecha publicación: 01/15/2010 12:00:00 PM
Medio publicación: BOPAL

Reglamento aprobado por la Diputación de Almería, redactado para que pueda aprobarse como propio por los Entes Locales de la Provincia Adheridos al Convenio Marco de la Red Provincial que así lo acuerden.
Publicación Inicial en BOP núm. 25, Viernes 6 de febrero de 2009
Publicación Definitiva en BOP núm. 57, Martes 24 de marzo de 2009
Modificación 01. Aprobación Inicial en BOP núm. 216, Martes 10 de noviembre de 2009. Añade el siguiente párrafo al artículo 22 del Reglamento: “De conformidad con el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, las personas jurídicas públicas o privadas y los colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica o técnica, dedicación profesional u otros motivos acreditados, tengan garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos, deberán relacionarse, por medios electrónicos, con las entidades públicas que hayan asumido como propio este reglamento. Si bien la efectividad de esta obligación requerirá que se haga mención a ella en la correspondiente convocatoria o en cualquier acto de comunicación, que igualmente se podrá efectuar por medios electrónicos.”
Modificación 01. Aprobación Definitiva en BOP núm. 9, Viernes 15 de enero de 2010.

(http://www.dipalme.org/Servicios/Tablon/tablon.nsf/a9fedaf3e...)


Archivos adjuntos:


REGLAMENTO Refundido Admon-e 2010-01.doc